Normativa municipal
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Ordenanza de Saneamiento y Control de Vertidos
La presente Ordenanza tiene por objeto la regulación de los vertidos de aguas residuales a colectores y el uso de la red de alcantarillado municipal, con el fin de protegerlos, así como a los trabajadores que efectúen las tareas de explotación y mantenimiento, preservar el proceso de depuración de aguas residuales y alcanzar de forma progresiva los objetivos de calidad fijadas para el efluente y el medio hídrico receptor.
Ordenanza de Limpieza
El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en su sesión celebrada el 3 de marzo del 2011, adopto entre otros acuerdos, el referido a la aprobación definitiva de la modificación de varias Ordenanzas para su adaptación a la Ley 11/2009, de 23 de diciembre.
La estructura de la presente ordenanza es sencilla, se ordena en seis Capítulos de los que el Primero se refiere a la Ordenanza Reguladora de Actividades Comerciales e Industriales en Terrenos Públicos, el Segundo se refiere a la Ordenanza de Publicidad en la Ciudad de Logroño, el Tercero a la Ordenanza de Distribución de Prensa Gratuita en el Ciudad de Logroño, el Cuarto se refiere a la Ordenanza de Vados, la Quinta a la Ordenanza Reguladora de la actividad de venta de periódicos, revistas y publicaciones periódicas de la vía pública del municipio de Logroño y por ultimo, en el Capitulo sexto, la Ordenanza municipal de Limpieza del termino municipal de Logroño.
Enlaces de interés
Ordenanza de protección del medio ambiente contra la emisión de ruidos y vibraciones en la ciudad de Logroño.Aprobación definitiva
La presente Ordenanza tiene por objeto regular el ejercicio de las competencias que en materia de la protección del medio ambiente correspondan al Ayuntamiento, en orden a la protección de las personas y los bienes contra las agresiones derivadas de la contaminación acústica.
Se entiende por contaminación acústica: La presencia en el ambiente de ruidos o vibraciones, cualquiera que sea el emisor acústico que los origine, que impliquen riesgo, daño o molestia para las personas, el desarrollo de sus actividades y bienes de cualquier naturaleza, o causen efectos significativos sobre el medio ambiente.
Quedan sometidas a las prescripciones establecidas en esta Ordenanza todas las actividades, instalaciones, establecimientos, edificaciones, equipos, maquinaria, obras, vehículos y en general cualquier otro foco o comportamiento individual o colectivo, que en su funcionamiento, uso o ejercicio genere cualquier tipo de contaminación acústica dentro del término municipal de Logroño.
Ordenanza reguladora del uso y la protección de zonas verdes públicas en la ciudad de Logroño
Aprobada inicialmente por acuerdo plenario de 10 de octubre de 2002 y publicada en el BOR nº 130 de 26 de octubre de 2002.
La presente ordenanza tiene por objeto regular, dentro de la competencia municipal, el uso de las zonas verdes de la ciudad, tales como parques, jardines, plazas ajardinadas y zonas verdes, a fin de proteger todos los elementos que constituyen estos espacios, tales como, plantaciones, céspedes, bancos, papeleras, contenedores de residuos, juegos infantiles, juegos para adultos y demás mobiliario urbano que pueda formar parte de los mismos y conseguir que el abuso de unos pocos no perturbe el disfrute de todos los ciudadanos en los citados espacios públicos.