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Reglamento orgánico de participación ciudadana.Aprobación definitiva

Aprobación definitiva

B.O.R. nº 49 de 27 de abril de 2018

Enlaces de interés

Normas comunes para la cesión de espacios de Unidad de Infancia-Juventud (colonia de nieva, local de alternativas Sagasta y multiusos Sagasta)

Desde: 24/11/2010

La Unidad de Infancia - Juventud del Ayuntamiento de Logroño dispone de una serie de espacios, recursos y materiales que están a disposición de los jóvenes de la ciudad, preferentemente asociaciones, grupos e instituciones, prestándose así un servicio de ocio alternativo y dando cumplimiento a diversos fines municipales.

Cada año pretendemos mejorar en lo posible el nivel y la calidad de los servicios prestados y para ello es necesario, entre otras cosas, el ajuste de las normas de uso en base, fundamentalmente, a la experiencia acumulada y teniendo en cuenta los objetivos del Ayuntamiento de Logroño y las sugerencias de los usuarios.

En este sentido la cesión de espacios se ha venido haciendo con un conjunto de normas y protocolos que se han modificado, ampliado y ajustado a las diferentes realidades administrativas y de los solicitantes. En este documento se plasman las normas de uso aprobadas para la cesión de los diferentes espacios de la Unidad de Infancia y Juventud y que pretenden conseguir que tanto los usuarios como los profesionales implicados en cada punto del proceso, conozcan y utilicen este servicio de la forma más eficaz y sencilla. Para ello se han simplificado y aclarado al máximo los trámites que deben realizarse, estableciéndose un enunciado explícito de requisitos, derechos y deberes. Dejando constancia de pasos y procesos de las diferentes documentaciones y solicitudes.

Reglamento de organización y funcionamiento del Ayuntamiento de Logroño

Desde: 07/11/2004

La Ley 57/2003 de 16 de Diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local aborda toda una serie de medidas que modifican y reforman el Régimen Local, según la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Destaca de esta ley, la introducción de un nuevo título (al margen del referente a la tipificación de las infracciones y sanciones en determinadas materias) concerniente al régimen de organización de los municipios de gran población.

El capítulo II del título X aborda la organización y el funcionamiento de los municipios destinatarios de dicho régimen, regulando sus órganos necesarios –Pleno, las Comisiones de Pleno, el Alcalde, los Tenientes de Alcalde y la Junta de Gobierno Local -, así como la división territorial en distritos, los órganos superiores y directivos, la Asesoría Jurídica. Los mecanismos de participación ciudadana, el Consejo Social de la Ciudad y la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones.

La entrada en vigor de la Ley y la Ley 1/2004 del Parlamento de la Rioja para la aplicación al Municipio de Logroño del Régimen de Organización de los Municipios de Gran Población (BOR nº 24 de 19 de Febrero de 2004), requieren, en cumplimiento del mencionado TITULO X la redacción de normas orgánicas municipales que recojan el modelo de organización y funcionamiento del Ayuntamiento de Logroño, sustituyendo en este caso, al aprobado en diciembre de 1991.

Este Reglamento fue aprobado definitivamente por acuerdo Plenario de fecha 19 de agosto de 2004, publicado en el Boletín Oficial de la Rioja nº 143 de fecha 6 de noviembre de 2004, entrando en vigor el día 7 de noviembre de este año.

Por acuerdo Plenario de fecha 3 de marzo de 2011, se modificó el Capítulo IV del Título II, Registro de Intereses, modificación que fue publicada en el Boletín Oficial de la Rioja nº 60, de fecha 23 de mayo de 2011, entrando en vigor el día 24 de mayo de este año.

Reglamento orgánico del pleno del Ayuntamiento de Logroño

Desde: 07/11/2004

El presente reglamento tiene por objeto establecer la organización y funcionamiento del Pleno del Ayuntamiento de Logroño. El reglamento tiene naturaleza orgánica y se dicta al amparo de lo previsto en los artículos 122.3 y 123.1.c) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, introducidos por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local.

El Pleno, formado por el Alcalde y los Concejales, es el órgano de máxima representación política de los ciudadanos en el Gobierno municipal.